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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Carabineros de Chil…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Carabineros de Chile y ordenó la entrega de las hojas de vida de funcionarios consultadas. El Consejo fundó su decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional que exige transparentar las actuaciones de los funcionarios de la Administración del Estado, y en que se trata de información que obra en poder del órgano y se refiere al desempeño funcionario. Desestimó la concurrencia de la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia. En aplicación del principio de divisibilidad, ordenó tarjar únicamente los datos personales de contexto y sensibles, así como las sanciones efectivamente prescritas o cumplidas. La resolución advierte la aplicación de multas de entre 20% y 50% de la remuneración, y su duplo más suspensión en el cargo, en caso de incumplimiento, y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.834
  • Resolución Exenta N° 129
  • Oficio N° 18.423
  • Oficio N° 148
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Las hojas de vida de funcionarios de Carabineros son información pública en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar las hojas de vida consultadas, porque la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia y se trata de información en poder del órgano que se refiere al desempeño funcionario.

¿Puede Carabineros negarse a entregar hojas de vida de funcionarios invocando la reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo desestimó que concurriera esa causal de reserva y ordenó la entrega de la información solicitada.

¿Qué datos pueden tarjarse al entregar hojas de vida de funcionarios públicos?

Según este fallo, en aplicación del principio de divisibilidad se deben tarjar solo los datos personales de contexto y sensibles, junto con las sanciones efectivamente prescritas o cumplidas.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.