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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionario del Servicio Médico Legal, perito bioquímico, que cumplió una comisión de estudio en el extranjero y reclamó el pago de la bonificación del artículo 13 de la ley N° 20.065. El organismo concluyó que el tiempo de la comisión debe considerarse como trabajado efectivamente, pues el no cumplimiento de metas se debió a una orden de la autoridad y no a una falta del funcionario. Además, la normativa que regula el estímulo a la función pericial médico-legal no excluye a quienes están en comisión de estudio, a diferencia de otros beneficios que sí lo hacen de forma expresa. Por ello, dispuso que el Servicio debe pagar las cantidades adeudadas, aplicando la prescripción de seis meses prevista en la ley N° 18.834, interrumpida por el reclamo presentado por el interesado.

Normas citadas

  • ley 20065 art/13
  • ley 20065 art/2
  • ley 20065 art/19 inc/1
  • dto 983/2003 HACIE art/8 inc/fin
  • ley 19553 art/7
  • ley 18834 art/98 lt/f
  • ley 18834 art/99
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario que está en comisión de estudio en el extranjero tiene derecho a la bonificación por cumplimiento de metas del artículo 13 de la ley 20.065?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que sí, porque el tiempo de la comisión debe considerarse como trabajado efectivamente. El incumplimiento de metas se debió a una orden de la autoridad y no a una falta del funcionario, y la normativa no excluye expresamente a quienes están en comisión de estudio.

¿La comisión de estudio en el extranjero impide el pago del estímulo a la función pericial médico-legal?

En este caso, el organismo sostuvo que no, porque la normativa que regula este estímulo no excluye a quienes están en comisión de estudio, a diferencia de otros beneficios que sí lo hacen de forma expresa. Por eso dispuso que el Servicio debe pagar las cantidades adeudadas.

¿Desde cuándo se cuenta la prescripción para reclamar el pago de la bonificación cuando el funcionario presentó un reclamo?

En este caso, la Contraloría aplicó el plazo de prescripción de seis meses previsto en la ley 18.834, el que quedó interrumpido por el reclamo presentado por el interesado. Así, las cantidades adeudadas siguen siendo exigibles y el Servicio debe pagarlas.

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