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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Municipalidad d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Punitaqui por la negativa a entregar información sobre el costo de los pasajes de viajes realizados en un período determinado. El organismo no alegó que la información no obrara en su poder, y el Consejo consideró que se trata de información pública, conforme al artículo 8°, inciso segundo, de la Constitución y a los artículos 5°, inciso segundo, y 10 de la Ley de Transparencia. Respecto de la información sobre quién asumió los costos de los viáticos, entregada durante el proceso, el Consejo la tuvo por entregada, aunque de forma extemporánea. Asimismo, ordenó acreditar la entrega efectiva de la información y representó al Alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder la solicitud dentro del plazo legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Los costos de pasajes y viajes pagados por una municipalidad son información pública en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró que el costo de los pasajes de viajes de la municipalidad es información pública, conforme al artículo 8° de la Constitución y a la Ley de Transparencia, y acogió el amparo.

¿Qué pasa si un órgano público responde una solicitud de transparencia fuera del plazo legal?

En este caso, el Consejo representó al Alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder la solicitud dentro del plazo legal. También ordenó acreditar la entrega efectiva de la información.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia por la vía de la ilegalidad?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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