Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Punitaqui por la negativa a entregar información sobre el costo de los pasajes de viajes realizados en un período determinado. El organismo no alegó que la información no obrara en su poder, y el Consejo consideró que se trata de información pública, conforme al artículo 8°, inciso segundo, de la Constitución y a los artículos 5°, inciso segundo, y 10 de la Ley de Transparencia. Respecto de la información sobre quién asumió los costos de los viáticos, entregada durante el proceso, el Consejo la tuvo por entregada, aunque de forma extemporánea. Asimismo, ordenó acreditar la entrega efectiva de la información y representó al Alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder la solicitud dentro del plazo legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.