Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia del 2° Juzgado de Policía Local de Santiago que había condenado a la Cámara de Diputados al pago de una multa de 100 UTM por infracción a los artículos 158 y 159 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El inmueble en cuestión, ubicado en calle Compañía 1131, corresponde al edificio del Ex Congreso Nacional, declarado monumento histórico. La Dirección de Obras Municipales de Santiago ordenó reparaciones, pero la propia resolución indicaba que se requería autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales conforme a la Ley 17.288. La Cámara de Diputados solicitó asistencia a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, la cual emitió un informe técnico remitido al Consejo de Monumentos Nacionales. La Corte concluyó que no se cometió infracción, ya que la autorización previa aún no se había obtenido, pese a las gestiones realizadas. En consecuencia, se absolvió a la Cámara de Diputados de la denuncia formulada en su contra.