Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un funcionario de Carabineros de Chile cuya lesión no fue calificada como accidente en acto del servicio. Recordó que para ello debe existir un hecho ajeno a la voluntad del afectado y un nexo, directo o indirecto, con el desempeño funcional, y que no procede tal calificación respecto de un hecho ocurrido en la ejecución de una acción habitual y rutinaria en el domicilio. Constató que la fractura se produjo al alistarse para el trabajo en su morada, estando de franco, y que no hubo intervención policial ni accidente de trayecto. Concluyó que la decisión institucional de no calificar la lesión como en acto del servicio se ajustó a la normativa vigente.