Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de un funcionario de Carabineros de Chile que impugnaba un sumario administrativo y su situación de retiro temporal. El organismo señaló que la falta de cita expresa de ciertos documentos no vicia la legalidad del sumario, pues se incorporaron al expediente y fueron considerados en la vista fiscal. Precisó que el plazo prolongado del artículo 41, letra b), de la Ley N° 18.961 no es aplicable, porque se configuró la causal de la letra c), separación por medida disciplinaria. Recordó, conforme al artículo 13 del decreto N° 900 de 1967, la independencia entre responsabilidad administrativa, civil y penal, de modo que la denuncia de un hecho posiblemente delictivo no inhibe la potestad disciplinaria. Respecto de la supuesta omisión de poner los hechos en conocimiento de los tribunales, indicó que corresponde a la Administración ponderar si tiene convicción suficiente para interponer acciones, y ratificó el dictamen N° 76.229 de 2015.