Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra el Ejército de Chile, que se había negado a entregar antecedentes relativos a dos investigaciones sumarias administrativas. Según la resolución, los procedimientos disciplinarios, pese a su denominación, tienen naturaleza de sumario administrativo y se encontraban en curso. Respecto de los antecedentes requeridos, el Consejo estimó concurrente la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra b) de la Ley de Transparencia, por considerar que su divulgación afectaría el desarrollo y privilegio deliberativo del organismo sobre el destino y éxito de la investigación. Asimismo, dio por satisfecha una parte del requerimiento. El Consejo ordenó al Ejército informar al reclamante y al organismo una vez adoptada la resolución en que incide la solicitud, para que pueda reiterar su derecho de acceso.