Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Putre, al no haber respondido el municipio consultas sobre acciones y medidas con temática indígena, incluidas agrupaciones artísticas de pueblos originarios. El Consejo ordenó entregar la información requerida, y en caso de existir documentos que la respalden, adjuntarlos. La municipalidad no acreditó su entrega ni invocó causal de reserva que justificara la denegación. Previamente, deberá tarjar los datos personales de contexto, como domicilio, teléfono, correo electrónico o RUT, conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada. Se fijó un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.