Administrativo

Jornada laboral de los profesionales de la educación sujetos al Título VI de la ley N°…

Resumen del criterio jurisprudencial

Jornada laboral de los profesionales de la educación sujetos al Título VI de la ley N° 19.070 se rige por las disposiciones del Código del Trabajo, por lo que les es aplicable la reducción gradual introducida por la ley N° 21.561, con la precisión que indica, en base a las normas legales que se señalan

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.