Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de considerar las horas que un profesional de la educación desempeña en calidad de contratado para efectos de la reducción de horas de docencia de aula efectiva. El dictamen establece que, dado que el legislador no distinguió entre profesores titulares y contratados en la normativa sobre jornada laboral, deben considerarse todas las horas trabajadas, incluyendo las de un programa de integración escolar, para determinar el derecho a la reducción contemplada en el artículo 69 de la Ley N° 19.070. En el caso concreto, el trabajador cumple 33 horas cronológicas semanales, lo que equivale a 24 horas y 45 minutos de docencia de aula efectiva, por lo que tendría derecho a la reducción si acredita 30 o más años de servicios, requisito que deberá ser informado por la Municipalidad de Santiago en un plazo de 20 días hábiles. Además, se recuerda que la contratación es transitoria y que, al término de la misma, deberá revisarse si procede mantener la reducción.