AdministrativoRechaza

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Celeven S.A…

Sentencia · Corte Suprema · 2023

Resumen

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Celeven S.A. y otros contra la sentencia que confirmó el rechazo de su demanda de nulidad absoluta de la Resolución DGA N° 2.860 de 2011 y del expediente administrativo VC-1302-6. Los demandantes alegaban que la Dirección General de Aguas (DGA) no exigió a AES Gener S.A. la inscripción previa de derechos de aprovechamiento de aguas en el Catastro Público de Aguas, lo que infringía el artículo 122 del Código de Aguas y generaba objeto ilícito según el Código Civil. La Corte consideró que la acción de nulidad absoluta del derecho civil no es idónea para impugnar actos administrativos, ya que existe un procedimiento especial de reclamación de legalidad contemplado en el artículo 137 del Código de Aguas, el cual ya había sido utilizado sin éxito. Además, la sentencia de casación confirmó que, incluso si hubiera infracción de ley, la demanda debía rechazarse por inadecuación de la vía procesal.

Normas citadas

  • Artículo 132 del Código de Aguas
  • Artículo 141 del Código de Aguas
  • Artículo 152 del Código de Aguas
  • Artículo 160 del Código de Aguas
  • Artículo 161 del Código de Aguas
  • Artículo 171 del Código de Aguas
  • Artículo 122 inciso 5° (antes inciso 7°) del Código de Aguas
  • Artículo 10 del Código Civil
aguasCorte Suprema

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.