Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Administración

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. la opción de encomendar, vía convenio, a un prestador externo el otorgamiento de prestaciones médicas, solo puede utilizarse de manera excepcional y en situaciones específicas

Ley N° 16.744Administración

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.