Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público presentó acusación por el delito de robo con intimidación, fundado en que el acusado habría ingresado junto a dos menores a un local comercial, lugar en que utilizando un cuchillo habría intimidado a una cliente y a la dueña del local, obteniendo la entrega de $10.000; luego de lo cual huye y es detenido por Carabineros en las inmediaciones. El tribunal dicta sentencia condenatoria en consideración a los antecedentes aportados por la Fiscalía y a la aceptación del acusado. Acoge la atenuante del artículo 11 Nº9 del CP, estableciendo que ésta ha sido invocada por el MP, órgano que tiene a su cargo la investigación y por ende, que está calificado para pedirla; y que, desde su detención, el acusado ha colaborado de un modo importante con la investigación. En relación a la concesión de libertad vigilada, y en cumplimiento de lo señalado en la ley (Art. 20 letra e de la Ley 18.216) el tribunal ordena la reparación de los daños causados por el delito, regulándolos prudencialmente para estos efectos. En dicha regulación considera el daño moral (perturbación anímica / perturbación de su intimidad) causado a las víctimas.