Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Armada de Chile, que había denegado el acceso a la hoja de vida de un funcionario. El Consejo resolvió que el órgano debe entregar el documento, previo tarjado de los datos personales de contexto (domicilio, teléfono, correo electrónico y número de identificación), de los datos sensibles y de las sanciones prescritas o cumplidas. Fundó la decisión en que se trata de información pública sobre el desempeño funcionario y en que no se acreditó que su divulgación afecte las funciones del órgano, la seguridad de la Nación, el interés nacional, los derechos de las personas, la vida privada o la honra de los funcionarios. Además, representó a la Armada su falta de colaboración por no remitir la información reclamada en forma reservada para su análisis, y ordenó notificar el acuerdo a las partes y al tercero involucrado. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.