Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Armada de Chile, que había negado el acceso a la hoja de vida y calificaciones de un ex oficial consultado, correspondientes al período 1972 a 1978. El Consejo ordenó entregar esos antecedentes, previo tarjado de los datos personales de contexto, de los datos del cónyuge, de los datos sensibles y de las sanciones prescritas o cumplidas, conforme a la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada. La decisión se fundó en que se trata de información vinculada al desempeño funcionario, cuya divulgación no se acreditó que afectara las funciones del órgano, la seguridad de la Nación, el interés nacional ni los derechos de las personas, y en el principio de no discriminación en el acceso a la información pública. El órgano deberá cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.