Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió dos amparos deducidos contra la Armada de Chile, que había denegado el acceso a las hojas de vida y calificaciones de dos ex funcionarios correspondientes a los períodos 1969-1973 y 1970-1980. El Consejo consideró que se trataba de información pública que obra en poder del órgano, relativa al desempeño funcionario, y que la Armada no acreditó que su entrega afectara la seguridad de la Nación, la vida privada o la honra de los funcionarios. Además, se representó a la institución su falta de colaboración al no remitir la información reclamada bajo reserva para su análisis. En consecuencia, se ordenó a la Armada entregar la documentación solicitada en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, e informar su cumplimiento. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.