Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Armada de Chile, que había denegado el acceso a la H.V.C. de un exfuncionario. El Consejo resolvió que se trata de información pública sobre el desempeño funcionario, cuya entrega no afecta las funciones del órgano, la seguridad nacional, el interés nacional, los derechos de las personas, la vida privada ni la honra del funcionario y su familia. Por ello, ordenó la entrega previa tarjando los datos personales de contexto (domicilio, teléfono, correo electrónico y RUN), los datos sensibles, las sanciones prescritas o cumplidas y los datos del cónyuge. Además, representó a la Armada su falta de colaboración por no remitir la información reclamada bajo reserva para su análisis, y le ordenó acreditar la entrega efectiva dentro de plazo.