Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Corporación Mun…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, que había negado el acceso a antecedentes contractuales, administrativos y contables relativos a contrataciones celebradas con once proveedores. El Consejo resolvió que se trata de información pública en poder del órgano, conforme al artículo 8° de la Constitución y a la Ley de Transparencia, por cuanto permite rendir cuenta del uso de recursos públicos. Además, desestimó la causal de reserva por distracción indebida de los funcionarios, al no haberse justificado ni acreditado sus presupuestos legales. Se ordenó la entrega de la información, con la salvedad de que, si parte de ella no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte sanciones por incumplimiento y contempla la posibilidad de reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Son públicos los contratos y antecedentes contables de una corporación municipal de educación y salud?

En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que los antecedentes contractuales, administrativos y contables de contrataciones con proveedores son información pública en poder del órgano, porque permiten rendir cuenta del uso de recursos públicos.

¿Puede un órgano negar el acceso a información de contrataciones alegando distracción indebida de sus funcionarios?

En este caso, el Consejo desestimó la causal de reserva por distracción indebida, porque el órgano no justificó ni acreditó sus presupuestos legales. Por eso ordenó la entrega de la información.

¿Qué ocurre si el órgano no tiene en su poder parte de la información solicitada?

En este caso, el Consejo ordenó la entrega de lo solicitado, pero admitió que si parte no obra en poder del órgano, éste debe comunicarlo fundadamente en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte sanciones por incumplimiento y contempla reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2023 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Muni…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido contra la Corporación Munic…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos contra la Corporación…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado contra la Corporación Muni…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

  • El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido contra la Municipalidad de L…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.