Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, que había negado el acceso a antecedentes contractuales, administrativos y contables relativos a contrataciones celebradas con once proveedores. El Consejo resolvió que se trata de información pública en poder del órgano, conforme al artículo 8° de la Constitución y a la Ley de Transparencia, por cuanto permite rendir cuenta del uso de recursos públicos. Además, desestimó la causal de reserva por distracción indebida de los funcionarios, al no haberse justificado ni acreditado sus presupuestos legales. Se ordenó la entrega de la información, con la salvedad de que, si parte de ella no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte sanciones por incumplimiento y contempla la posibilidad de reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.