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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que había negado el acceso a documentación relativa al otorgamiento de una concesión de servicio de telefonía móvil. El Consejo estimó que se trata de información de carácter público y desestimó que su entrega afectara los derechos económicos y comerciales del tercero interesado. Por lo tanto, ordenó la entrega de la información, previa tarja de datos personales y sensibles de contexto, en conformidad con la Ley de Protección de la Vida Privada y el principio de divisibilidad. La resolución advierte que el incumplimiento de una orden firme puede sancionarse con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente y, si persiste, con el duplo de la sanción y suspensión en el cargo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Decreto Supremo N° 617
  • Decreto Supremo N° 145
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede el acceso a documentos sobre el otorgamiento de una concesión de telefonía móvil cuando la Subsecretaría de Telecomunicaciones lo niega?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo, estimó que la información es pública y ordenó su entrega, tarjando previamente los datos personales y sensibles de contexto.

¿Puede un organismo negar información sobre una concesión alegando que afecta los derechos comerciales de un tercero?

Según esta resolución, el Consejo desestimó que la entrega de la información afectara los derechos económicos y comerciales del tercero interesado, por lo que no sostuvo esa negativa.

¿Qué ocurre si un organismo no cumple una orden firme del Consejo para la Transparencia y cuál es el plazo para reclamar?

La resolución advierte que el incumplimiento puede sancionarse con multa de 20% a 50% de la remuneración y, si persiste, con el duplo y suspensión en el cargo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones en 15 días corridos.

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