El Consejo para la Transparencia acogió el amparo interpuesto por el reclamante en cont…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo interpuesto por el reclamante en contra de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. Se discutía el acceso a información que el órgano debió entregar en la oportunidad legal, pero solo remitió en sede de amparo. El Consejo resolvió acoger el amparo, teniendo por cumplida la obligación de informar de forma extemporánea, y dispuso remitir al reclamante copia de la información acompañada por el órgano en sus descargos, en virtud de la Ley de Transparencia y para permitir el acceso amplio a lo solicitado.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Resolución exenta 3103
Ley N° 18.575
Ley N° 1.762
Decreto Ley N° 1.762
Resolución Exenta N° 3103, de 2012
Resolución Exenta N° 403, de 2008
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Cuándo el Consejo para la Transparencia puede acoger un amparo por acceso a información pública?
En este caso, el Consejo acogió el amparo porque se discutía el acceso a información que el órgano debió entregar en la oportunidad legal y solo remitió durante el procedimiento. Dispuso su entrega en virtud de la Ley de Transparencia para permitir el acceso amplio a lo solicitado.
¿El Consejo para la Transparencia puede ordenar que se entregue información que el órgano acompañó en sus descargos durante un amparo?
Sí, en este caso el Consejo dispuso remitir al reclamante copia de la información que la Subsecretaría de Telecomunicaciones acompañó en sus descargos. Lo hizo en virtud de la Ley de Transparencia y para asegurar el acceso amplio a lo solicitado.
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