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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra la Municipalidad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra la Municipalidad de San Javier por la negativa a entregar información sobre denuncias y acciones judiciales. El organismo se allanó a entregar parte de lo solicitado, que se estimó ajustada al requerimiento, aunque de forma extemporánea, por lo que el amparo se acogió parcialmente en ese punto. Las demás pretensiones del reclamante fueron declaradas fuera de la competencia del derecho de acceso a la información pública. Se rechazó la entrega de la identidad de los denunciantes, amparada en las causales de reserva del artículo 21 N° 1 y 2 de la Ley de Transparencia, por la necesidad de proteger la identidad de quienes denuncian y por la afectación a su vida privada sin consentimiento. Se ordenó remitir copia de los descargos municipales con los datos personales tarjados y se recomendó al solicitante formular futuros requerimientos de manera clara y precisa.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 99
  • Resolución Exenta N° 101
  • Oficio N° 2
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar la identidad de quienes presentan denuncias ante un municipio si se pide por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó entregar la identidad de los denunciantes, amparándose en las causales de reserva del artículo 21 N° 1 y 2 de la Ley de Transparencia, por la necesidad de proteger a quienes denuncian y por afectar su vida privada sin consentimiento.

¿Qué pasa si un organismo público responde fuera de plazo una solicitud de información y luego entrega lo pedido?

En este caso, el organismo se allanó a entregar parte de lo solicitado, que se estimó ajustada al requerimiento, pero de forma extemporánea, por lo que el amparo se acogió parcialmente en ese punto.

¿Qué debe hacer un solicitante cuando su pedido de información pública es impreciso o abarca materias ajenas al derecho de acceso?

En este caso, el Consejo declaró fuera de su competencia las demás pretensiones del reclamante y recomendó formular futuros requerimientos de manera clara y precisa. Además, ordenó remitir copia de los descargos con los datos personales tarjados.

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