Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Chillán, que había denegado el acceso a información sobre un asesor periodístico del municipio, específicamente su contrato, informe de desempeño, expedientes y decretos de pago. El Consejo concluyó que se trata de información de naturaleza pública y desestimó la afectación de derechos del tercero interesado. En aplicación del principio de divisibilidad, ordenó que, antes de la entrega, el órgano tarje los datos personales y sensibles de contexto, conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. La resolución advierte que el incumplimiento de la entrega oportuna puede sancionarse con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, y que la persistencia de la autoridad requerida duplica la sanción y puede conllevar suspensión en el cargo por cinco días.