Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso presentado por un funcionario municipal de La Pintana contra su calificación anual. Resolvió que la junta calificadora, si pretende rebajar el puntaje en el subfactor asistencia y puntualidad por falta de permanencia en el lugar de trabajo, debe fundamentar el acuerdo y adjuntar la documentación que acredite el incumplimiento, lo que no se verificó, por lo que ordenó retrotraer el proceso evaluatorio para que la junta adopte un nuevo acuerdo con esos antecedentes. Respecto de las notas en cantidad y calidad de trabajo, declaró que carece de competencia para revisar el fondo de la apreciación, por tratarse de mérito funcionario reservado a la autoridad evaluadora municipal. En cuanto al presunto acoso laboral, indicó que debe analizarse en sede judicial o en un sumario, correspondiendo a la autoridad edilicia evaluar la instrucción de un procedimiento disciplinario, y precisó que el recurrente no acompañó antecedentes que acrediten el hostigamiento alegado.