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El Tribunal Calificador de Elecciones conoció de la reclamación interpuesta por Felipe…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Calificador de Elecciones conoció de la reclamación interpuesta por Felipe Illanes Diez, candidato a Concejal por Vitacura, contra la resolución N° G18514 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales y desestimó su solicitud de reembolso. El reclamante reconoció no haber utilizado el sistema de recepción de aportes para un aporte en efectivo de $1.029.750. Además, un gasto de $5.000.000 por servicios de diseño y publicidad digital se fundó en una factura anulada con nota de crédito, lo que incidió en la descuadratura detectada. Tampoco declaró la participación de brigadistas en propaganda electoral ni acreditó autorización para el uso de espacios privados. El tribunal consideró que estas omisiones, en conjunto, revestían la gravedad suficiente para rechazar la cuenta electoral conforme al artículo 50 de la Ley N°19.884. No obstante, acogió parcialmente la reclamación al tener por subsanada una observación relativa a un gasto de $1.500.000 por propaganda en redes sociales, por acompañarse la documentación tributaria requerida. En consecuencia, se acogió parcialmente el reclamo, solo en cuanto a esa observación específica.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.