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Seguridad social

La Superintendencia de Salud, a través de su Intendencia de Fondos y Seguros Previsiona…

Oficio · Superintendencia de Salud · 2012

Resumen

La Superintendencia de Salud, a través de su Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, emitió un oficio para interpretar si la entrada en vigencia de la Ley de Derechos y Deberes para los Pacientes altera las facultades de acceso a la ficha clínica que tienen el Fondo Nacional de Salud, las isapres y la propia Superintendencia en relación con los beneficiarios del sistema. Tras revisar la historia de la ley, en la que se eliminaron ciertos preceptos por considerarlos redundantes con normas ya vigentes y no por una intención de restringir esas facultades, el organismo concluyó que dichas facultades no se ven alteradas. Según la interpretación, ambas normativas deben aplicarse de forma complementaria, de modo que produzcan sus efectos y resguarden tanto los derechos como la información privada de los beneficiarios.

Normas citadas

  • Ley N° 20.584
  • DFL N° 1
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 13 de la Ley N° 20.584
  • Artículo 2º de la ley N° 19.628

Preguntas frecuentes

¿Cómo deben relacionarse la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes y la normativa de acceso a la información de salud de los beneficiarios?

Según el oficio, ambas normativas deben aplicarse de forma complementaria, de modo que produzcan sus efectos conjuntamente. Así se resguardan tanto los derechos de los pacientes como la información privada de los beneficiarios del sistema.

¿Qué sostuvo la Superintendencia de Salud sobre la historia de la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes en relación con el acceso a fichas clínicas?

La Superintendencia, a través de su Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, revisó la historia de la ley y concluyó que la eliminación de ciertos preceptos obedeció a su redundancia con normas vigentes y no a una intención de restringir las facultades de acceso.

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