Resumen
La Contraloría General de la República analizó la impugnación de un concurso del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, en el que se cuestionaba el puntaje asignado a un postulante. El organismo concluyó que los desempeños en plazas de 11/28 y 22/28 horas debían valorarse como plazas paralelas, computándose por separado conforme al artículo 32 del decreto N° 811, de 1995, que pondera los cargos cumplidos y no los años servidos. Respecto de unidades de emergencia, determinó que el puntaje correcto era 3,5 puntos y no 4, por haberse acreditado 171 meses de desempeño. Asimismo, reconoció que se había considerado una anotación de mérito inexistente y no una sanción disciplinaria, anomalía admitida por el Instituto Nacional del Tórax. En consecuencia, dispuso la invalidación parcial del certamen hasta la etapa de evaluación de ese postulante por la Comisión de Concursos, sin afectar el otro nombramiento, y cursó la resolución N° 3.405 y representó la N° 3.403, ambas de 2013.