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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra el In…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) por la negativa a entregar información relacionada con dos casos de estudio médico y de puesto laboral. Se ordenó la entrega de antecedentes sobre la contratación involucrada en el E.P.L., los antecedentes de los profesionales integrantes de la comisión que resolvió ambos casos y el acta de la comisión relativa a uno de ellos, previa acreditación de identidad del requirente, por no concurrir causales de secreto o reserva y por tratarse en parte de datos personales y sensibles cuyo acceso garantiza la Ley N°19.628. Se rechazó el amparo respecto de la resolución de nombramiento de la comisión médica y de otra acta, por no obrar esa información en poder del órgano. Además, se representó al ISL la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder dentro de plazo, y se fijó el plazo de 15 días corridos para reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir al ISL los antecedentes de una comisión médica que resolvió su caso de estudio médico y de puesto laboral?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar los antecedentes de los profesionales de la comisión y el acta relativa a uno de los casos, previa acreditación de identidad del requirente. Rechazó la entrega de la resolución de nombramiento de la comisión y de otra acta, por no obrar esa información en poder del órgano.

¿Son entregables los datos personales y sensibles contenidos en documentos de un organismo público al solicitarlos por transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que, aunque parte de la información contiene datos personales y sensibles, su acceso por el propio titular está garantizado por la Ley N°19.628, por lo que no concurren causales de secreto o reserva que impidan su entrega.

¿Qué ocurre si un organismo público no responde una solicitud de información dentro de plazo?

En este caso, el Consejo representó al ISL la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder dentro de plazo. Además, fijó un plazo de 15 días corridos para reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

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