Administrativo

Procede el pago de remuneraciones a trabajadoras con licencia médica preventiva parenta…

Resumen del criterio jurisprudencial

Procede el pago de remuneraciones a trabajadoras con licencia médica preventiva parental, por los primeros 90 días. Su extensión posterior da derecho a un permiso sin goce de remuneraciones. Por el beneficio de sala cuna se puede otorgar una suma de dinero equivalente a éste, en las condiciones que se indican. La suspensión del contrato de trabajo regulada en la ley N° 21.247, no aplica para el sector público.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.