Resumen
La Contraloría General de la República conoció un reclamo contra un concurso del Servicio Nacional para la P.R.C.D.A., en el que la recurrente cuestionaba la discordancia entre los sitios web de ambos servicios sobre el estado del proceso y la idoneidad de la persona seleccionada. El órgano fiscalizador concluyó que la información divergente en los portales no vicia el concurso, pues la ley no los contempla como medios válidos de publicación o notificación, y que el nombramiento, con fecha 2 de octubre de 2012, produce efectos desde ese mismo día conforme al artículo 16 del Estatuto Administrativo. Respecto de la comparación de antecedentes curriculares, indicó que la evaluación de perfiles y la ponderación de candidatos son materias de mérito propias de la Administración activa, objetables solo ante infracción normativa o arbitrariedad, lo que no se advirtió. En consecuencia, se desestimó el reclamo y se cursó la resolución que nombra a la persona seleccionada como Directora Regional en la Dirección Regional de Magallanes.