Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un imponente que pretendía dividir su afiliación previsional, reservando parte de sus cotizaciones para obtener una nueva jubilación. El peticionario había jubilado en la ex Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Santiago. El organismo concluyó que no procede el fraccionamiento solicitado. Explicó que la doctrina de divisibilidad de la afiliación previsional, contenida en dictámenes anteriores (N° 48.661, de 2008, N° 51.883, de 2009 y N° 55.670, de 2010), sólo era aplicable a funcionarios de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Esta doctrina no se extendía a los adscritos a la ex Caja municipal antes de la emisión del dictamen N° 2.901, de 2011, que dejó sin efecto la jurisprudencia previa que había beneficiado a ciertos funcionarios con más de 30 años de cotizaciones. Por ello, la solicitud fue rechazada.