Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un interesado que percibe una pensión no contributiva y pretendía aumentar su monto según la edad de su titular. El organismo reconoció que las leyes N° 19.234 y N° 19.992 son incompatibles entre sí y que el beneficiario tiene derecho de opción entre ambas, derecho que no se agota con su primera elección y puede alterarse posteriormente. Sin embargo, constató que la pensión no contributiva no contempla aumentos por edad, mientras que la pensión de reparación de la ley N° 19.992, a la que el interesado había renunciado, sí lo prevé. Por ello, concluyó que para obtener ese beneficio debía optar por esta última, considerando que, mientras no cumpla 75 años, su monto será inferior al de la pensión que recibe. En consecuencia, el dictamen desestimó la pretensión.