Resumen
La Contraloría General de la República confirmó y complementó su dictamen N° 86.916, de 2015, que señaló que el Instituto de Salud Pública de Chile puede considerar las propiedades que se atribuyen a un producto al determinar si tiene carácter farmacéutico o alimenticio, conforme a las definiciones legales del Código Sanitario, en particular el artículo 95. Se concluyó que el ISP puede ponderar, entre otros elementos, las propiedades atribuidas a un producto en un sitio web cuyo dominio no termina en ".cl", para resolver fundadamente el régimen de control aplicable. Asimismo, se precisó que el ISP debe considerar el contexto en que se atribuyen esas propiedades y la fuente del anuncio, y que la decisión sobre el régimen aplicable debe adoptarse mediante resolución fundada.