Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la exclusión de una recurrente del subsidio habitacional del Programa Fondo Solidario de Vivienda, decidida por el SERVIU mediante la resolución N° 7.330. La exclusión se fundó en que la interesada incurrió en la prohibición del artículo 6°, N° 3, del decreto N° 174, de 2005, y en lo previsto por su artículo 71. El organismo concluyó que la actuación del SERVIU constituyó tanto el cumplimiento de su deber de verificar los requisitos como la imposición de una medida prevista en el ordenamiento para esa infracción, por lo que no resultaba reprochable. Asimismo, instruyó al servicio a actuar por propia iniciativa y simplificar sus trámites, conforme al artículo 8° de la ley N° 18.575.