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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un requerimiento de un funcio…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un requerimiento de un funcionario a contrata del Instituto de Desarrollo Agropecuario relativo al procedimiento y plazo para resolver una solicitud de anotación de mérito en su hoja de vida. Conforme a los artículos 44 y 45 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y a la normativa de calificaciones aplicable supletoriamente, el funcionario puede pedir a su jefe directo que se practiquen las anotaciones de mérito procedentes; si la jefatura rechaza la solicitud, debe comunicarlo por escrito a la unidad de personal dentro de cinco días, acompañando los fundamentos, y si no lo hace, la petición se entiende aceptada. En cuanto a las anotaciones de demérito, el organismo indicó que sólo deben practicarse una vez tramitado totalmente el acto administrativo que impone la sanción, esto es, desde que el afectado es notificado de la toma de razón del decreto o resolución correspondiente.

Normas citadas

  • Ley 18834 art/44 inc/2
  • ley 18834 art/45
  • dfl 29/2004 hacie dto 1825/98 art/9 inter
  • dto 326/98 art/14 agric
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tiene la jefatura para rechazar una solicitud de anotación de mérito en la hoja de vida de un funcionario público?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, si la jefatura directa rechaza la solicitud, debe comunicarlo por escrito a la unidad de personal dentro de cinco días, acompañando los fundamentos. Si no lo hace, la petición se entiende aceptada.

¿Cuándo debe practicarse una anotación de demérito en la hoja de vida de un funcionario?

En este caso, la Contraloría indicó que las anotaciones de demérito solo deben practicarse una vez tramitado totalmente el acto que impone la sanción, es decir, desde que el afectado es notificado de la toma de razón del decreto o resolución.

¿Puede un funcionario a contrata pedir que se le practiquen anotaciones de mérito en su hoja de vida?

En este caso, la Contraloría se pronunció sobre el requerimiento de un funcionario a contrata del Instituto de Desarrollo Agropecuario y sostuvo que puede pedir a su jefe directo que se practiquen las anotaciones de mérito procedentes, conforme a los artículos 44 y 45 de la ley N° 18.834.

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