Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de una funcionaria de servicios de salud que pedía que se considerara su antigüedad para el pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño, y el pago de bienios que, según ella, no se le habrían cubierto hasta abril de 2012. El organismo concluyó que el beneficio del artículo 83 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, no le es aplicable por pertenecer a plantas que ya no integra. Respecto del artículo 86, aunque considera el tiempo servido, exige la aprobación previa del proceso de acreditación (artículo 88), requisito que la recurrente aún no cumple, por lo que no procede su pago. En cuanto a los bienios, el dictamen explica que el artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, los devenga automáticamente desde el primer día del mes siguiente al cumplimiento de cada bienio, y que el ascenso a un cargo de mayor renta produce, en general, la absorción de los bienios anteriores, sin perjuicio de su reconocimiento en la nueva ubicación. Constatando que la recurrente fue designada a contrata como profesional, grado 12, desde marzo de 2010, y que el primer bienio en ese cargo le correspondía desde abril de 2012, concluyó que la actuación del servicio se ajustó a la normativa.