Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de una profesional de un hospital a percibir la asignación de acreditación y estímulo al desempeño colectivo, reclamada por no habérsele pagado. El órgano de control señaló que la omisión de un funcionario en la nómina que informa la oportunidad de postular a la acreditación no le priva de su derecho a participar si cumple los requisitos, ya que dicha nómina tiene solo carácter de constancia. Asimismo, indicó que, si el pago no se efectuó oportunamente, el derecho alcanza únicamente a los seis meses anteriores a la solicitud formal que reclama el beneficio, conforme al artículo 99 de la Ley N° 18.834 y a criterios previos del organismo. En el caso, se constató que la recurrente cumplía los requisitos para postular nuevamente y que, tras su reclamo, participó en el proceso y se le pagó la asignación desde julio de 2009. Concluyó que lo actuado por el Servicio se ajustó a derecho.