Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una funcionaria del Hospital Clínico San Borja Arriarán, quien preguntó si tenía derecho a percibir las asignaciones de urgencia y de turno durante el período en que gozaba de fuero maternal. El organismo recordó que la asignación de urgencia (ley N° 19.264) está limitada a un número determinado de servidores, y que la asignación de turno (decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud) exige trabajar efectiva y permanentemente en puestos de atención 24 horas con un sistema de turnos y contar con un cupo financiero. Asimismo, precisó que las normas sobre fuero maternal no confieren inviolabilidad de rentas, por lo que la funcionaria sólo tendrá derecho a estos emolumentos si cumple la totalidad de los requisitos legales. Como no se evacuó el informe solicitado al hospital, la Contraloría ordenó al centro de salud estudiar la situación e informar, en 15 días hábiles, tanto a la interesada como al organismo, incluyendo las remuneraciones de abril de 2014 que la recurrente reclamaba como adeudadas.