Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un funcionario que, antes de retirarse de la Fuerza Aérea con derecho a pensión, se había incorporado al sistema de capitalización individual del decreto ley N° 3.500, de 1980, puede cotizar en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional por sus labores posteriores en la Dirección General de Aeronáutica Civil. El órgano concluyó que dicha incorporación previa no impide esa adscripción, pues genera una línea previsional paralela y distinta de la pensión de retiro, en conformidad con pronunciamientos anteriores. En consecuencia, ordenó a la Caja adoptar las medidas para obtener el traspaso de las cotizaciones enteradas en la AFP y, respecto del periodo en que el interesado estuvo acogido a la exención de cotizaciones, informarle el monto adeudado por cotizaciones previsionales y de desahucio, debiendo reportar a la Contraloría en 30 días hábiles.