Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de reliquidar la pensión de retiro de un exfuncionario de la Armada que, antes de su cese, había efectuado cotizaciones en el sistema de capitalización individual del decreto ley N° 3.500, de 1980, por su labor como instructor militar. El dictamen concluye que dichas cotizaciones generaron una línea previsional paralela e independiente de su régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por lo que no afectan su adscripción a esta última. En consecuencia, el interesado, al cesar en la Dirección General de Aeronáutica Civil, tendrá derecho a reliquidar su pensión de retiro sin necesidad de desafiliarse del sistema de capitalización individual ni traspasar los fondos acumulados.