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Un ciudadano dedujo amparo ante el Consejo para la Transparencia contra la Dirección de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

Un ciudadano dedujo amparo ante el Consejo para la Transparencia contra la Dirección de Presupuestos, solicitando copia del cálculo del polinomio por región utilizado en el proyecto de presupuesto 2024, con los datos aportantes, vinculado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR). El Consejo rechazó el amparo por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia, dado que, a la fecha de la solicitud, la información formaba parte de un proceso de deliberación en curso sobre la Ley de Presupuestos. Sin perjuicio de ello, tras la aprobación de la Ley 21.640 de Presupuestos para 2024, el Consejo recomendó a la Dirección de Presupuestos entregar la información requerida, en aplicación del principio de facilitación del artículo 11 letra f) de la misma ley.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 21.591
  • Ley 19175
  • Ley 21.640
  • DFL 106
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede negar el acceso a un cálculo presupuestario mientras la Ley de Presupuestos se encuentra en discusión?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque, al momento de la solicitud, la información formaba parte de un proceso de deliberación en curso sobre la Ley de Presupuestos, configurando la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia.

¿Debe entregarse la información de un cálculo presupuestario una vez aprobada la ley de presupuestos?

En este caso, tras la aprobación de la Ley 21.640 de Presupuestos para 2024, el Consejo recomendó a la Dirección de Presupuestos entregar la información requerida, en aplicación del principio de facilitación del artículo 11 letra f) de la Ley de Transparencia.

¿Qué significa el principio de facilitación en el acceso a la información pública en Chile?

En este caso, el Consejo aplicó el principio de facilitación del artículo 11 letra f) de la Ley de Transparencia para recomendar la entrega de la información, una vez superada la causal de reserva por el término del proceso de deliberación.

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