Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Seguridad social
Seguridad social

La Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre el rechazo, por parte del Co…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2018

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre el rechazo, por parte del Consejo Administrativo de un Servicio de Bienestar, del reembolso de prestaciones respaldadas en boletas enmendadas. El dictamen señala que el Consejo debe estudiar cada caso individualmente, respetando el principio de igualdad, y que la validez de las boletas enmendadas queda sujeta a su convicción sobre la legitimidad de las enmiendas. Sin embargo, concluye que las boletas acompañadas no cuentan con el timbre del Servicio de Impuestos Internos y, por tanto, no constituyen facturación válida de la prestación, requisito indispensable para el reembolso. En consecuencia, resuelve que no procede el reembolso, conforme al Reglamento General de los Servicios de Bienestar (D.S. N°28, de 1994) y la jurisprudencia de la Superintendencia, y dispone la devolución de las boletas originales.

Normas citadas

  • DS 28 de 1994 Mintrab
  • Ley 16.395
ReembolsoRequisitos

Preguntas frecuentes

¿Procede el reembolso de prestaciones de un Servicio de Bienestar si la boleta fue enmendada?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social sostuvo que el Consejo debe analizar cada caso individualmente y que la validez de las boletas enmendadas depende de su convicción sobre la legitimidad de las enmiendas. Sin embargo, concluyó que no procede el reembolso porque las boletas no tenían timbre del Servicio de Impuestos Internos.

¿Qué requisito debe cumplir una boleta para que un Servicio de Bienestar la acepte como facturación válida de una prestación?

En este caso, la Superintendencia señaló que las boletas deben contar con el timbre del Servicio de Impuestos Internos para constituir facturación válida, requisito indispensable para el reembolso. Como las boletas presentadas no lo tenían, no se consideraron válidas.

¿Debe el Consejo de un Servicio de Bienestar resolver cada solicitud de reembolso de forma individual?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social indicó que el Consejo debe estudiar cada caso individualmente, respetando el principio de igualdad. Aplicando ese criterio, resolvió que no procedía el reembolso y ordenó devolver las boletas originales.

Más jurisprudencia de seguridad social de 2018 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre el rechazo, por boleta venci…

    Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2018

  • La Superintendencia de Seguridad Social acogió la presentación de una interesada y orde…

    Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2025

  • La Superintendencia de Seguridad Social resolvió una consulta del Servicio de Impuestos…

    Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2017

  • Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve un reclamo contra el S…

    Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2017

  • La Superintendencia de Seguridad Social conoció el recurso de un afiliado pensionado de…

    Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.