Resulta procedente el bono compensatorio del beneficio de sala cuna respecto de un depe…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2021
Resumen
Resulta procedente el bono compensatorio del beneficio de sala cuna respecto de un dependiente no funcionario contratado según la Ley Nº19.378 por una Corporación Municipal como reemplazante, si concurren en cada caso los requisitos señalados para su procedencia.
Normas citadas
Ley N° 19.378
Código del Trabajo
DFL N° 2
Artículo 203 del Código del Trabajo
Artículo 505 del Código del Trabajo
Artículo 14 de la Ley N° 19.378
Artículo 194 del Código del Trabajo
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