Resumen del criterio jurisprudencial
Corresponde a la Corporación Municipal de Educación y Servicios Ramón Freire de Dalcahue, pagar el bono contemplado en el artículo primero de la ley 19.546 a la funcionaria de su dependencia doña Felicita Millán Huenchur. Recházase la impugnación de la instrucción 0-10.05.98.105 impartida por la Inspección Provincial del Trabajo de Chiloé