Resumen del criterio jurisprudencial
La Junta de Vigilancia del Río Illapel y sus Afluentes interpuso una reclamación contra la Dirección General de Aguas (DGA) respecto a la constitución de la Asociación de Canalistas de Illapel. La Corte de Apelaciones de Santiago declaró sin lugar la reclamación. La Junta dedujo recurso de casación en el fondo, alegando infracción de las leyes reguladoras de la prueba y de los requisitos legales para la formación de una asociación de canalistas. La Corte Suprema desestimó el recurso, señalando que la recurrente solo planteó una divergencia en la apreciación de la prueba, sin denunciar errores jurídicos en la valoración probatoria. Además, consideró que la existencia de la asociación no era el objeto del litigio, por lo que no se configuró infracción legal. En consecuencia, se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia apelada. El fallo fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema.