Resumen del criterio jurisprudencial
La Comunidad de Aguas Canal Cerda interpuso un recurso de casación ante la Corte Suprema contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado su reclamo contra la Resolución exenta Nº 1.872 de la Dirección General de Aguas. El recurrente alegó violaciones a varios artículos del Código de Aguas, del Código Civil, de la Constitución y de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575, argumentando que la Junta de Vigilancia del Río Maule había excedido sus competencias al asignar derechos de aprovechamiento de aguas. La Corte Suprema analizó los preceptos invocados y determinó que la Junta solo tiene facultades de administración común y no puede fijar derechos de dominio ni modificar estatutos para tal fin. Se constató que la normativa aplicable reserva la asignación de derechos a la Dirección General de Aguas y a los tribunales, no a la Junta de Vigilancia. En consecuencia, la Corte rechazó el recurso de casación, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones.