Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento general de reclamación, resolvió no ha lugar al reclamo interpuesto por el afectado en contra de las liquidaciones emitidas por el servicio de impuestos internos, fundado en que la parte reclamante no aportó antecedente alguno a efectos de probar sus respectivas alegaciones referidas a las operaciones que dan cuenta de gastos efectivamente efectuados y que son necesarios para generar renta. que del examen y comparación de las 129 facturas declaradas por la reclamante con las respectivas copias originales, se evidencia un doble juego de facturas que permite constatar la inexistencia de las operaciones cuestionadas, lo que además ha sido comprobado y confirmado mediante las correspondientes declaraciones juradas de los respectivos proveedores, apareciendo así la falsedad de los documentos tributarios cuestionados. en los correspondientes periodos tributarios mensuales y anuales, las facturas cuestionadas fueron debidamente registradas en los libros de contabilidad y respectivas declaraciones, aumentando el monto de los créditos fiscales declarados por la reclamante en los respectivos formularios 29, pagando así un impuesto a las ventas y servicios menor al que estaba legalmente obligada, y también rebajó indebidamente la base imponible del impuesto de primera categoría aumentando sus costos y/o gastos al incluir en ese concepto aquellos asociados a las facturas impugnadas, declarando un menor impuesto a la renta que el que correspondía pagar, todos motivos por los cuales, el tribunal tributario y aduanero resolvió rechazar el reclamo de autos y mantener a firme las actuaciones reclamadas.