Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si los funcionarios del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, regidos por el Código del Trabajo, tienen derecho a percibir la asignación de cuarto turno mientras hacen uso de licencias médicas. El organismo concluyó que sí: el artículo 18 del decreto ley N° 3.529, de 1980, y el artículo 6° de la ley N° 18.458 ordenan que estos trabajadores reciban la totalidad de sus remuneraciones durante las licencias, sin distinguir su imponibilidad, por lo que la institución no puede pactar cláusulas que les impidan percibir todo o parte de sus estipendios. En consecuencia, reconsideró el dictamen N° 24.322, de 2011, y ordenó pagar la asignación durante las licencias médicas, aplicando el cambio de criterio solo hacia el futuro para resguardar la certeza jurídica.