Resumen
Un funcionario de un servicio de salud impugnó su calificación de desempeño, alegando además hostigamiento laboral. La Contraloría General constató que el puntaje en los rubros cuestionados guardaba concordancia con los informes de desempeño, y que la dirección del servicio, al resolver la apelación, elevó su puntuación en dos subfactores, quedando en lista 1 de distinción. Respecto del maltrato denunciado, recordó que, conforme a los artículos 126, 128 y 129 de la ley N° 18.834, corresponde a la autoridad disciplinaria ponderar si los hechos son sancionables y ordenar, en su caso, un sumario o investigación sumaria. Como la autoridad no había realizado gestiones para evaluar la denuncia, ni lo hizo tras una presentación previa advertida por la propia Contraloría, se le ordenó efectuar las acciones pertinentes para atender las peticiones del funcionario e informar al organismo contralor.