Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato Héctor Rodrigo Silva Tapia reclamó contra la Resolución N°G3332 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta general de ingresos y gastos electorales por omisión grave. El Tribunal evaluó las observaciones: la Observación N°1 (aporte propio de $200.000) se mantuvo por falta de justificación fehaciente; la Observación N°2 (aporte en especie por $50.000) se levantó al adjuntarse un certificado de donación; la Observación N°4 (factura por $2.000.000) se levantó con fotografías y descripción del servicio; y la Observación N°5 (boleta de honorarios por $800.000) se levantó con una descripción de las actividades realizadas. Al levantarse tres observaciones, no subsistió la omisión grave, por lo que se revocó el rechazo y se ordenó el reembolso correspondiente. La reclamación fue acogida parcialmente, manteniéndose la Observación N°1.