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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. La reclamante denunciaba el no pago de un bono, y no una falta de publicación de información obligatoria en los sitios electrónicos del órgano. El Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, por lo que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su tramitación. En consecuencia, lo declaró inadmisible por unanimidad. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Procede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por el no pago de un bono en un servicio público?

En este caso, el Consejo sostuvo que el reclamo por no pago de un bono no es una infracción a la transparencia activa, porque no se trataba de una falta de publicación de información obligatoria, y lo declaró inadmisible por unanimidad.

¿Qué plazo y vía existen para impugnar una decisión de inadmisibilidad del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y que no procede el recurso de reposición.

¿Cuándo se entiende que hay infracción a las normas de transparencia activa de un órgano de la administración del Estado?

En este caso, el Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento respecto del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, por lo que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su tramitación.

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